Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 1986 de 2020
Bono compensatorio de sala cuna.
Qué resolvió
Resulta jurídicamente procedente acoger su solicitud toda vez que en la especie existe un impedimento para otorgar el beneficio de sala cuna sin perjuicio de la prevención que se formula en cuanto al monto del mismo.
Datos del documento
| Número | 1986 |
|---|---|
| Fecha | 24 de junio de 2020 |
| Eje doctrinario | Otros |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Sector | — |
| Región | Los Ríos |
| Empleador | Marketing Integral Guzsal Ltda. |