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Ordinario 2054 de 2020

2 de julio de 2020 · Jornada/tiempo

Jornada de trabajo; Paralización de actividades docentes; Recuperación de clases; Trabajadores con licencia médica

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1. No resulta jurídicamente procedente modificar sin el acuerdo de los dependientes la distribución diaria o semanal de la jornada de trabajo, del personal docente y asistente de la educación, durante el período en que se efectúe la recuperación de horas a causa de la paralización de actividades. 2.

Número2054
Fecha2 de julio de 2020
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaTrabajador con sindicato
SectorEducación
RegiónMetropolitana
Empleador