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Ordinario 2197 de 2020

27 de julio de 2020 · Otros

Emergencia sanitaria Coronavirus; Estado de excepción constitucional de catástrofe; Traslado de trabajadores

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La Dirección del Trabajo no es el organismo competente para pronunciarse respecto de eventuales problemas con la movilización de los trabajadores que se desempeñan en una localidad diferente de aquella donde desempeñan sus funciones.

Número2197
Fecha27 de julio de 2020
Eje doctrinarioOtros
Quién consultaTrabajador sin sindicato
SectorMinería
RegiónAntofagasta
Empleador