Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 2197 de 2020
Emergencia sanitaria Coronavirus; Estado de excepción constitucional de catástrofe; Traslado de trabajadores
Qué resolvió
La Dirección del Trabajo no es el organismo competente para pronunciarse respecto de eventuales problemas con la movilización de los trabajadores que se desempeñan en una localidad diferente de aquella donde desempeñan sus funciones.
Datos del documento
| Número | 2197 |
|---|---|
| Fecha | 27 de julio de 2020 |
| Eje doctrinario | Otros |
| Quién consulta | Trabajador sin sindicato |
| Sector | Minería |
| Región | Antofagasta |
| Empleador | — |