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Ordinario 2785 de 2016

25 de mayo de 2016 · Sindical/colectivo

Dirección del Trabajo; Competencia; Denuncia por práctica antisindical; Funcionarios públicos; Contraloría General de la República

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1) Esta Dirección carece de facultades para pronunciarse en relación a la eventual aplicabilidad de las normas contenidas en el Capítulo IX, Título I del Libro III del Código del Trabajo, sobre Prácticas desleales o antisindicales y de su sanción, a los funcionarios públicos regidos por el Estatuto Administrativo.

Número2785
Fecha25 de mayo de 2016
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
SectorSector público/Municipal
Región
Empleador