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Ordinario 3111 de 2018

9 de julio de 2018 · Jornada/tiempo

Feriado irrenunciable; Trabajadores de cafetería

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Los trabajadores que se desempeñan en una cafetería ubicada en una clínica tienen derecho al goce de feriado irrenunciable los días 1 de mayo, 18 y 19 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero de cada año, bajo el sistema de alternancia anual previsto en el inciso 1º del artículo 2º de la Ley Nº 19.973.

Número3111
Fecha9 de julio de 2018
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaTrabajador con sindicato
SectorSalud
RegiónMetropolitana
EmpleadorCentral Restaurantes Aramark Ltda