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Ordinario 3497 de 2016

5 de julio de 2016 · Estatutos especiales

Estatuto de Salud; Evaluación de desempeño; Criterio de desempate; Promedio de las evaluaciones anteriores

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Para los efectos de aplicar el primer criterio de desempate de funcionarios con igual puntaje, contenido en el artículo 35 del Decreto N° 1.889, resulta necesario promediar los últimos procesos calificatorios anteriores al proceso en que se produjo el empate, en los términos expuestos en el presente oficio.

Número3497
Fecha5 de julio de 2016
Eje doctrinarioEstatutos especiales
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorSalud
RegiónMetropolitana
EmpleadorCorporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo