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Ordinario 3610 de 2017

8 de agosto de 2017 · Procedimiento/competencia

Dirección del Trabajo; Competencia; Materia laboral controvertida

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Esta Dirección carece de competencia para determinar la forma en que el empleador debe dar cumplimiento al pago del beneficio denominado bono turno noche, pactado en la cláusula cuarta, letra f) del contrato colectivo celebrado entre la empresa Fibrocementos Volcán Limitada y el Sindicato de Empresa Fibrocementos…

Número3610
Fecha8 de agosto de 2017
Eje doctrinarioProcedimiento/competencia
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorManufactura/Industria
RegiónMetropolitana
EmpleadorFibrocementos Volcán Limitada