Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 369 de 2026
Contrato de trabajo. Cláusula tácita. Modificación unilateral. Jornada de trabajo.
Qué resolvió
En términos generales, no corresponde la modificación unilateral de las estipulaciones contractuales pactadas ya sea expresa o tácitamente, puesto que el contenido del contrato de trabajo, en las materias que el legislador permite pactar, es modificable únicamente mediante el mutuo acuerdo de las partes.
Datos del documento
| Número | 369 |
|---|---|
| Fecha | 21 de agosto de 2026 |
| Eje doctrinario | Contrato indiv./relación |
| Quién consulta | Trabajador sin sindicato |
| Sector | Salud |
| Región | Metropolitana |
| Empleador | Unidad de Diálisis Hemosur Ltda. |