Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 3902 de 2018
Jornada de Trabajo; Legalidad; Trabajo nocturno
Qué resolvió
1.- La prestación de servicios durante la noche no tiene un régimen especial de reglamentación, rigiéndose al efecto por las disposiciones generales sobre distribución de la jornada de trabajo y descansos. 2.- Este Servicio no está facultado para fijar el inicio de la jornada de trabajo.
Datos del documento
| Número | 3902 |
|---|---|
| Fecha | 26 de julio de 2018 |
| Eje doctrinario | Jornada/tiempo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Sector | Servicios/Seguridad/Aseo |
| Región | Valparaíso |
| Empleador | — |