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Ordinario 4241 de 2019

3 de septiembre de 2019 · Otros

Ley N°21.015; Inclusión de personas con discapacidad o asignatarias de una pensión de invalidez

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1) No es un requisito del artículo 157 bis del Código del Trabajo el que las empresas contraten laboralmente a trabajadores con discapacidad o asignatarios de una pensión de invalidez para un cargo propio del giro o actividad principal de la empresa.

Número4241
Fecha3 de septiembre de 2019
Eje doctrinarioOtros
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorServicios/Seguridad/Aseo
RegiónValparaíso
EmpleadorPROTEC CHILE S.A.