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Ordinario 4257 de 2019

3 de septiembre de 2019 · Jornada/tiempo

Jornada de Trabajo; Medios de supervisión

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1) No existe inconveniente para que los trabajadores utilicen medios tecnológicos de su propiedad para el desarrollo de sus funciones, en la medida que tal modalidad de trabajo haya sido expresamente acordada por las partes en el respectivo contrato de trabajo o anexo.

Número4257
Fecha3 de septiembre de 2019
Eje doctrinarioJornada/tiempo
Quién consultaTrabajador con sindicato
SectorBanca/Finanzas/Seguros
RegiónMetropolitana
EmpleadorAdministradora de Fondos de Pensiones Provida S.A. (AFP Provida S.A.)