Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 4291 de 2019
Sala cuna; Autorización de funcionamiento; Reconocimiento oficial del Estado; Certificación Junji
Qué resolvió
El empleador se encuentra obligado a otorgar el derecho a sala cuna de la forma que establece la ley, esto es, mediante un establecimiento certificado, sin perjuicio del derecho que asiste a la trabajadora de llevar a su hija al establecimiento que ella estime conveniente.
Datos del documento
| Número | 4291 |
|---|---|
| Fecha | 6 de septiembre de 2019 |
| Eje doctrinario | Otros |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Sector | — |
| Región | Metropolitana |
| Empleador | Adexus S.A. |