Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 5 de 2025
Trabajadores de establecimiento de comercio y servicios. Artículo 38 N°7 del Código del Trabajo. Jornada Parcial. Festivo.
Qué resolvió
Procede compensar con el recargo previsto del artículo 32 del Código del Trabajo la jornada del festivo que cumplió un trabajador regido por el artículo 38 del mismo cuerpo legal, afecto a una jornada parcial distribuida en menos de 5 días a la semana.
Datos del documento
| Número | 5 |
|---|---|
| Fecha | 8 de enero de 2025 |
| Eje doctrinario | Otros |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Sector | Comercio/Retail |
| Región | Metropolitana |
| Empleador | — |