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Ordinario 5621 de 2017

20 de noviembre de 2017 · Remuneración

Licencia maternal; Subsidio; Permiso sin goce de remuneraciones; Consecuencia en el cálculo del subsidio; Suspensión de la relación laboral;

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1. No corresponde al empleador pagar, a una profesional de la educación que se desempeña en un establecimiento particular subvencionado, las remuneraciones durante el período en que esta haga uso de descanso maternal, sin perjuicio de lo que las partes hayan convenido, en virtud de la autonomía de la voluntad. 2.

Número5621
Fecha20 de noviembre de 2017
Eje doctrinarioRemuneración
Quién consultaTrabajador sin sindicato
SectorEducación
RegiónMaule
EmpleadorColegio Providencia