Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 5715 de 2019
Ley N°21.109; Asistentes de la educación
Qué resolvió
Se confirma la doctrina contenida en dictamen N°3445/22, de 11.07.19 que resuelve que las normas del párrafo 1° del Título III de la ley N°21.109, resultan aplicables a los asistentes de la educación profesionales y técnicos de establecimientos particulares subvencionados.
Datos del documento
| Número | 5715 |
|---|---|
| Fecha | 11 de diciembre de 2019 |
| Eje doctrinario | Estatutos especiales |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Sector | Educación |
| Región | — |
| Empleador | — |