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Ordinario 75 de 2026

29 de enero de 2026 · Otros

Sistema de registro y control de asistencia.

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Con la excepción del trabajo a distancia y teletrabajo, no existe inconveniente para que los dependientes utilicen medios tecnológicos de su propiedad para el desarrollo de sus funciones, en la medida que su uso se ajuste a las reglas indicadas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024.

Número75
Fecha29 de enero de 2026
Eje doctrinarioOtros
Quién consultaTrabajador con sindicato
Sector
Región
Empleador