Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 8 de 2025
Competencia Dirección del Trabajo. Relación laboral terminada. Finiquito.
Qué resolvió
La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse sobre materias que inciden en un finiquito de trabajo extendido cumpliéndose los requisitos legales establecidos en el artículo 177 del Código del Trabajo. ANTECEDENTES: Instrucciones Jefe Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho (S) de 26.12.2024.
Datos del documento
| Número | 8 |
|---|---|
| Fecha | 10 de enero de 2025 |
| Eje doctrinario | Término/despido/finiquito |
| Quién consulta | Trabajador sin sindicato |
| Sector | Educación |
| Región | Metropolitana |
| Empleador | Corporación Municipal de Educación de Maipú |