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Ordinario 848 de 2021

5 de marzo de 2021 · Otros

Categorización de los trabajadores de "call center". Artículo 38 Nº 7 del Código del Trabajo.

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No resulta necesario emitir un nuevo pronunciamiento acerca de la materia señalada, permaneciendo vigente la doctrina institucional citada en el cuerpo del presente informe.

Número848
Fecha5 de marzo de 2021
Eje doctrinarioOtros
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorTelecom
Región
EmpleadorChile BPO Solutions S.A.