Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 848 de 2021
Categorización de los trabajadores de "call center". Artículo 38 Nº 7 del Código del Trabajo.
Qué resolvió
No resulta necesario emitir un nuevo pronunciamiento acerca de la materia señalada, permaneciendo vigente la doctrina institucional citada en el cuerpo del presente informe.
Datos del documento
| Número | 848 |
|---|---|
| Fecha | 5 de marzo de 2021 |
| Eje doctrinario | Otros |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Sector | Telecom |
| Región | — |
| Empleador | Chile BPO Solutions S.A. |