Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 851 de 2021
Competencia de la Dirección del Trabajo. Término de la relación laboral.
Qué resolvió
La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse, por tratarse de una materia controvertida ente las partes, una vez extinguida la relación laboral, cuyo conocimiento y resolución corresponde exclusivamente a los Tribunales de Justicia.
Datos del documento
| Número | 851 |
|---|---|
| Fecha | 5 de marzo de 2021 |
| Eje doctrinario | Término/despido/finiquito |
| Quién consulta | Trabajador sin sindicato |
| Sector | Sector público/Municipal |
| Región | Metropolitana |
| Empleador | Corporación de Desarrollo Social de Buin |