Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 113/14 de 1998
Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Interpretación
Qué resolvió
Se rechaza solicitud de reconsideración de dictamen Nº 4075-233, de 14.07.97, por el cual se concluye que el reajuste de cláusula 1ª de contrato colectivo celebrado entre Empresa Fábrica de Puertas y Ventanas Juan Vial Grez y el Sindicato de Trabajadores es exigible el 1º de abril de 1998 y de 1999, por no haber antecedentes suficientes para variar tal conclusión.
Datos del documento
| Número | 113/14 |
|---|---|
| Fecha | 9 de enero de 1998 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |
Doctrina posterior
Este dictamen reconsideracion rechazada por 4075/233 (1997-07-14).