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Dictamen 1359/72 de 1998

30 de marzo de 1998 · Sindical/colectivo

Negociación colectiva; Instrumento colectivo; Legalidad de cláusula

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Deniega solicitud de reconsideración de dictamen Ord. Nº 5.347-283, de 01.09.97, por el cual se concluye que no resulta objetable por ilegal la cláusula 20 del convenio colectivo de la empresa Agrícola Ariztía Ltda., por la cual se permite redistribuir al personal, entre las distintas secciones que comprende el faenamiento de aves pactado en el contrato, aún cuando signifique obtener bonos de producción de distinto…

Número1359/72
Fecha30 de marzo de 1998
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo1 Frei R-T (95-00)

Este dictamen reconsideracion rechazada por 5347/283 (1997-09-01).