Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 1961/52 de 1996
Negociación colectiva; Extensión de beneficios; Aporte sindical; Monto
Qué resolvió
Los trabajadores que se desafilian del sindicato con posterioridad a la negociación colectiva de que fueron parte, se encuentran obligados a efectuar el aporte previsto en el artículo 346 del Código del Trabajo a la organización que obtuvo los beneficios que se les están otorgando, según el valor de la cuota sindical al momento de la presentación del proyecto de contrato colectivo.
Datos del documento
| Número | 1961/52 |
|---|---|
| Fecha | 12 de febrero de 1996 |
| Eje doctrinario | Sindical/colectivo |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 1 Frei R-T (95-00) |
Doctrina posterior
Este dictamen reconsideracion rechazada por 6403/281 (1995-10-16).