Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2257/111 de 2001
Jornada de Trabajo; Locomoción Colectiva Interurbana; Descansos; Esperas
Qué resolvió
Resulta jurídicamente procedente que los choferes de la Empresa de Buses JAC Ltda., que se desempeñan a bordo de los buses interurbanos de transporte de pasajeros de propiedad de la empresa recurrente y que efectúan recorridos o viajes cuya duración es inferior a cinco horas, cumplan su jornada diaria de trabajo en dos jornadas, mañana y tarde, cada una de ellas de una duración máxima de cinco horas…
Datos del documento
| Número | 2257/111 |
|---|---|
| Fecha | 18 de junio de 2001 |
| Eje doctrinario | Trabajadores especiales |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Periodo | 2 Lagos (00-06) |
Doctrina posterior
Este dictamen complementa por 1268/71 (1994-03-07).