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Dictamen 2627/45 de 2011

30 de junio de 2011 · Trabajadores especiales

Horas extraordinarias. Computo. Personal Embarcado o Gente de Mar.Horas extraordinarias. Cálculo. Personal Embarcado o Gente de Mar.

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Se ratifica la doctrina contenida en el dictamen recurrido, en orden a que el límite que sirve de base para computar las horas extraordinarias del personal embarcado o gente de mar es de 56 horas semanales, sin perjuicio de las excepciones previstas en los artículos 108 y 109 del Código del Trabajo, debiendo calcularse el valor de dichas horas conforme al procedimiento indicado en el cuerpo del presente informe.

Número2627/45
Fecha30 de junio de 2011
Eje doctrinarioTrabajadores especiales
Quién consultaTrabajador con sindicato
Periodo4 Piñera I (10-14)

Este dictamen reconsideracion rechazada por 2374/113 (1995-04-14).