Dictamen · Dirección del Trabajo
Dictamen 2627/45 de 2011
Horas extraordinarias. Computo. Personal Embarcado o Gente de Mar.Horas extraordinarias. Cálculo. Personal Embarcado o Gente de Mar.
Qué resolvió
Se ratifica la doctrina contenida en el dictamen recurrido, en orden a que el límite que sirve de base para computar las horas extraordinarias del personal embarcado o gente de mar es de 56 horas semanales, sin perjuicio de las excepciones previstas en los artículos 108 y 109 del Código del Trabajo, debiendo calcularse el valor de dichas horas conforme al procedimiento indicado en el cuerpo del presente informe.
Datos del documento
| Número | 2627/45 |
|---|---|
| Fecha | 30 de junio de 2011 |
| Eje doctrinario | Trabajadores especiales |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Periodo | 4 Piñera I (10-14) |
Doctrina posterior
Este dictamen reconsideracion rechazada por 2374/113 (1995-04-14).