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Ordinario 1018 de 2016

17 de febrero de 2016 · Procedimiento/competencia

Dirección del Trabajo; Competencia; Tribunales de Justicia

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La Dirección del Trabajo se encuentra impedida de intervenir en el asunto planteado, por tratarse de una materia que fue sometida al conocimiento y resolución de los Tribunales de Justicia.

Número1018
Fecha17 de febrero de 2016
Eje doctrinarioProcedimiento/competencia
Quién consultaTrabajador con sindicato
SectorPesca/Acuicultura
RegiónLos Lagos
EmpleadorCorpesca S.A. y Camanchaca S.A.