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Ordinario 1093 de 2019

26 de marzo de 2019 · Trabajadores especiales

Empleador; Medidas de control; Cámaras de seguridad; Transporte de valores; Fines disciplinarios; Reglamento interno

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El sistema de cámaras de televigilancia exigido por el artículo 10 del D.S. 1814 de 10.11.2014 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, no puede ser utilizado con fines disciplinarios, lo que no obsta a que, accesoriamente, pueda cumplir una función de control de la actividad del trabajador, en tanto ello sea…

Número1093
Fecha26 de marzo de 2019
Eje doctrinarioTrabajadores especiales
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorTransporte terrestre/Metro
RegiónMetropolitana
EmpleadorProsegur Ltda. (Compañía de Seguridad de Chile Ltda.)