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Ordinario 1290 de 2023

10 de octubre de 2023 · Procedimiento/competencia

Ley N°21.530. Alcances.

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Resultaría procedente otorgar el descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 al personal que se desempeña para la Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción en la medida que esta entidad haya participado en el combate por COVID-19, en los términos expustos en el presente oficio.

Número1290
Fecha10 de octubre de 2023
Eje doctrinarioProcedimiento/competencia
Quién consultaTrabajador con sindicato
SectorSalud
RegiónAraucanía
EmpleadorMutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción