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Ordinario 1301 de 2023

17 de octubre de 2023 · Género/protección

Acoso sexual. Acoso laboral. Deber de protección.

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1) Conforme a lo señalado por esta Dirección en su reiterada jurisprudencia, contenida en los Dictámenes N°4.443/262, de 25.08.1993 y N°2284/93, de 17.04.1996, el empleador es el primer responsable de la "prevención" en materia laboral, toda vez que es indudable que la prestación del servicio a que el trabajador se…

Número1301
Fecha17 de octubre de 2023
Eje doctrinarioGénero/protección
Quién consultaEstado/Organismo
Sector
RegiónMetropolitana
Empleador