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Ordinario 1411 de 2020

8 de abril de 2020 · Sindical/colectivo

Reemplazo de trabajadores en huelga; Trabajadores con vínculo a honorarios

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1) La Dirección del Trabajo no tiene competencia para calificar si una determinada conducta es constitutiva de práctica antisindical o desleal, por tratarse de una materia que la ley ha atribuido en forma exclusiva a los Tribunales de Justicia, sin perjuicio de la intervención de la Inspección del Trabajo respectiva…

Número1411
Fecha8 de abril de 2020
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
SectorSalud
RegiónMetropolitana
EmpleadorCentro de Especialidades Médicas Los Coihues SpA