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Ordinario 3136 de 2018

9 de julio de 2018 · Otros

Sala cuna; Bono compensatorio; Establecimiento sin autorización Junji; Insuficiencia de antecedentes

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Esta Dirección deberá abstenerse de emitir un pronunciamiento sobre la procedencia de convenir el otorgamiento de un bono compensatorio de sala cuna, atendido que los antecedentes acompañados a la presentación no resultan suficientes para acreditar de manera fundada la configuración de la causal que se invoca.

Número3136
Fecha9 de julio de 2018
Eje doctrinarioOtros
Quién consultaEmpresa/Empleador
Sector
RegiónValparaíso
EmpleadorFundación Pablo Neruda