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Ordinario 3518 de 2016

5 de julio de 2016 · Otros

Sala cuna; Bono compensatorio; Deniega autorización; Situación no prevista; Viaje al extranjero

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Es improcedente proporcionar el beneficio de sala cuna mediante el otorgamiento de un bono compensatorio, en el caso de viaje al extranjero de la madre con su hija menor de dos años, que daría origen a éste.

Número3518
Fecha5 de julio de 2016
Eje doctrinarioOtros
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorEducación
RegiónMetropolitana
EmpleadorSociedad Educacional St. Andrew S.A.