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Ordinario 392 de 2018

19 de enero de 2018 · Sindical/colectivo

Estatuto Docente; Establecimiento educacional particular; Feriado legal; Negociación colectiva; Suspensión; Huelga; Suspensión; Pago de remuneraciones

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1) El procedimiento de negociación colectiva que se lleve a efecto en un establecimiento educacional particular pagado se suspende por todo el período en que los docentes y no docentes involucrados en el mismo hagan uso de su feriado.

Número392
Fecha19 de enero de 2018
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorEducación
RegiónMetropolitana
EmpleadorColegio Santa Cruz de Chicureo Ltda.