Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 3991 de 2019
Sala cuna; Bono compensatorio; Autorización Junji
Qué resolvió
Resulta jurídicamente procedente autorizar a las partes el pago de un bono compensatorio de sala cuna, mientras no se haga uso de dicho derecho por medio de una de las alternativas legales previstas en el artículo 203 del Código del Trabajo, y se mantengan las condiciones descritas en el cuerpo del presente informe…
Datos del documento
| Número | 3991 |
|---|---|
| Fecha | 20 de agosto de 2019 |
| Eje doctrinario | Otros |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Sector | Agro/Alimentos |
| Región | Araucanía |
| Empleador | Corporación Nacional Forestal |