Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 424 de 2020
Horas de trabajo sindical; Falta de aviso; Sanción
Qué resolvió
Si bien la ley no contempla el aviso previo como formalidad para hacer uso de las horas de trabajo sindical, el empleador debe conocer las ausencias de sus dependientes con el fin de evitar la paralización de actividades y proveer el reemplazante oportuno.
Datos del documento
| Número | 424 |
|---|---|
| Fecha | 20 de enero de 2020 |
| Eje doctrinario | Fiscalización/multas |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Sector | Salud |
| Región | Magallanes |
| Empleador | Corporación de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales |