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Ordinario 424 de 2020

20 de enero de 2020 · Fiscalización/multas

Horas de trabajo sindical; Falta de aviso; Sanción

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Si bien la ley no contempla el aviso previo como formalidad para hacer uso de las horas de trabajo sindical, el empleador debe conocer las ausencias de sus dependientes con el fin de evitar la paralización de actividades y proveer el reemplazante oportuno.

Número424
Fecha20 de enero de 2020
Eje doctrinarioFiscalización/multas
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorSalud
RegiónMagallanes
EmpleadorCorporación de Educación, Salud y Menores de Puerto Natales