Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 4713 de 2016
Sala cuna; Bono compensatorio; Establecimiento sin autorización Junji
Qué resolvió
Atiende presentación que indica, acerca de la procedencia de convenir un bono de sala cuna, por prestar servicios y residir en una localidad que no cuenta con establecimientos de dicha naturaleza, autorizados por la JUNJI.
Datos del documento
| Número | 4713 |
|---|---|
| Fecha | 15 de septiembre de 2016 |
| Eje doctrinario | Otros |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Sector | Banca/Finanzas/Seguros |
| Región | Antofagasta |
| Empleador | Banco de Chile |