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Ordinario 4713 de 2016

15 de septiembre de 2016 · Otros

Sala cuna; Bono compensatorio; Establecimiento sin autorización Junji

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Atiende presentación que indica, acerca de la procedencia de convenir un bono de sala cuna, por prestar servicios y residir en una localidad que no cuenta con establecimientos de dicha naturaleza, autorizados por la JUNJI.

Número4713
Fecha15 de septiembre de 2016
Eje doctrinarioOtros
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorBanca/Finanzas/Seguros
RegiónAntofagasta
EmpleadorBanco de Chile