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Ordinario 478 de 2026

30 de septiembre de 2026 · Procedimiento/competencia

Dirección del Trabajo, competencia. Interpretación de convenio colectivo, controversia entre las partes.

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1. La Dirección del Trabajo carece de competencia para determinar la forma en que debe darse cumplimiento a la cláusula vigésimo cuarto del contrato colectivo suscrito con fecha 26.10.2024, entre el Sindicato de Trabajadores de Empresa lsapre Banmédica S.A.

Número478
Fecha30 de septiembre de 2026
Eje doctrinarioProcedimiento/competencia
Quién consultaTrabajador con sindicato
SectorBanca/Finanzas/Seguros
RegiónMetropolitana
EmpleadorIsapre Banmédica S.A.