Qué resolvió
El descanso anual de los trabajadores afectos al Convenio Marítimo, MLC 2006, equivale a 30 días corridos, los que deberían consistir en un periodo ininterrumpido a continuación de los días de descanso compensatorio a que tenga derecho el trabajador por aquellos días domingo y festivos de embarco en forma previa al…
Datos del documento
| Número | 541 |
|---|---|
| Fecha | 9 de agosto de 2024 |
| Eje doctrinario | Trabajadores especiales |
| Quién consulta | Trabajador con sindicato |
| Sector | Transporte aéreo |
| Región | — |
| Empleador | — |