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Ordinario 640 de 2024

25 de septiembre de 2024 · Procedimiento/competencia

Ley N°21.530. Procedencia.

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No resulta procedente otorgar el descanso reparatorio concedido por la Ley N°21.530 a los médicos fisiatras becados que se indican, que se desempeñan en la Sociedad Pro Ayuda al Niño Lisiado "Teletón", por las razones expuestas en el presente oficio. ANTS.: 1)Instrucciones de 11.09.2024 del Sr.

Número640
Fecha25 de septiembre de 2024
Eje doctrinarioProcedimiento/competencia
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorSalud
RegiónMetropolitana
EmpleadorSociedad Pro Ayuda al Niño Lisiado Teletón