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Ordinario 171 de 2024

11 de marzo de 2024 · Otros

Bono compensatorio de sala cuna.

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Resulta jurídicamente procedente que las partes pacten el otorgamiento de un bono compensatorio de sala cuna atendido que en la localidad donde la madre trabajadora reside y labora, no cuenta con Establecimiento de sala cuna con reconocimiento oficial o autorización de funcionamiento del Estado.

Número171
Fecha11 de marzo de 2024
Eje doctrinarioOtros
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorPesca/Acuicultura
RegiónLos Ríos
EmpleadorEcosalmón S.A.