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Ordinario 210 de 2020

10 de enero de 2020 · Sindical/colectivo

Organizaciones sindicales; Caducidad de la personalidad jurídica; Efectos

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1. La circunstancia de haber caducado por el solo ministerio de la ley la personalidad jurídica de una organización sindical por no haber dado cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 227 inciso segundo del Código del Trabajo, no afecta los actos válidamente celebrados por su directorio en el tiempo intermedio. 2.

Número210
Fecha10 de enero de 2020
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorTelecom
RegiónMetropolitana
EmpleadorATCOM S.A.