Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 2587 de 2020
Situación de las "tiendas de conveniencia" en relación con las normas del feriado irrenunciable y las medidas sanitarias dispuestas por la autoridad con…
Qué resolvió
Las "tiendas de conveniencia" asociadas a establecimientos de venta de combustibles, constituyen una excepción al feriado irrenunciable del sector comercio de los días 18 y 19 de septiembre de cada año, por tanto, podrán atender público en la medida que coexista la actividad de venta directa de los productos que allí…
Datos del documento
| Número | 2587 |
|---|---|
| Fecha | 17 de septiembre de 2020 |
| Eje doctrinario | Otros |
| Quién consulta | Estado/Organismo |
| Sector | Comercio/Retail |
| Región | — |
| Empleador | — |