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Ordinario 4662 de 2018

4 de septiembre de 2018 · Sindical/colectivo

Instrumento colectivo; Interpretación cláusula de reajustabilidad; Ingreso mínimo mensual

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La aplicación de la cláusula de reajustabilidad estará sujeta a los términos que hayan acordado las partes, debiendo operar sobre el monto del ingreso mínimo que se encuentre vigente a la fecha pactada para el otorgamiento del referido reajuste.

Número4662
Fecha4 de septiembre de 2018
Eje doctrinarioSindical/colectivo
Quién consultaTrabajador con sindicato
Sector
RegiónMetropolitana
Empleador