Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 515 de 2024
Sala cuna. Bono compensatorio.
Qué resolvió
Resulta jurídicamente procedente que las partes pacten el otorgamiento de un bono compensatorio de sala cuna atendido que las localidades en donde la madre reside y trabaja no cuentan con Establecimiento de sala cuna con reconocimiento oficial o autorización de funcionamiento del Estado.
Datos del documento
| Número | 515 |
|---|---|
| Fecha | 5 de agosto de 2024 |
| Eje doctrinario | Otros |
| Quién consulta | Empresa/Empleador |
| Sector | Educación |
| Región | Maule |
| Empleador | Fundación Educacional Santa Teresita del Niño Jesús |