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Ordinario 5656 de 2019

5 de diciembre de 2019 · Trabajadores especiales

Jornada de trabajo; Legalidad; Choferes; Transporte Interurbano de pasajeros; Sistema excepcional de duración y distribución de jornada y descansos

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La jornada de los conductores de la empresa que representa, que se dedica al transporte privado de pasajeros, debe ajustarse a lo dispuesto en el artículo 25 del Código del Trabajo.

Número5656
Fecha5 de diciembre de 2019
Eje doctrinarioTrabajadores especiales
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorTransporte terrestre/Metro
RegiónTarapacá
EmpleadorSociedad de Transportes San Luis SpA