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Ordinario 483 de 2026

22 de octubre de 2026 · Otros

Bono compensatorio de sala cuna. Feriado legal.

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1) En los establecimientos educacionales particulares pagados, el feriado de los profesionales de la educación se rige por el artículo 74 del Código del Trabajo, de modo que los recesos de invierno y de fiestas patrias no constituyen feriado legal, sino descansos adicionales de origen convencional.

Número483
Fecha22 de octubre de 2026
Eje doctrinarioOtros
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorEducación
RegiónMetropolitana
EmpleadorCorporación Colegio Alemán