Ordinario · Dirección del Trabajo
Ordinario 897 de 2021
Ley N°21.227. Cotizaciones previsionales de salud. Diferencia porcentaje legal del 7% y valor del plan de salud. Pago Dirección del Trabajo. Competencia.
Qué resolvió
La Dirección del Trabajo carece de competencia para pronunciarse e instruir sobre materias que inciden en la interpretación de normas de carácter previsional, correspondiendo dicha facultad, en el caso en consulta, a la Superintendencia de Salud.
Datos del documento
| Número | 897 |
|---|---|
| Fecha | 10 de marzo de 2021 |
| Eje doctrinario | Otros |
| Quién consulta | Trabajador sin sindicato |
| Sector | — |
| Región | — |
| Empleador | — |