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Ordinario 2177 de 2016

21 de abril de 2016 · Trabajadores especiales

Trabajador portuario, Calificación

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Los trabajadores que desarrollan labores en barcos remolcadores y en lanchas en el puerto de San Antonio, no revisten la calidad de trabajadores portuarios.

Número2177
Fecha21 de abril de 2016
Eje doctrinarioTrabajadores especiales
Quién consultaEmpresa/Empleador
SectorTransporte aéreo
RegiónValparaíso
EmpleadorRR.PP Remolcadores